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Publicado el 17/10/2018

¿Conoces las etiquetas medioambientales para la circulación de vehículos?

Desde el 8 de Octubre (2018) los coches sin etiqueta no podrán circular por Madrid con escenarios de alta contaminación.

Como consecuencia del Plan Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera y para la regulación de las competencias sobre las restriciones de trafico, se acuerda clasificar los vehículos en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico en función de sus emisiones y para la identificación de los mismos se aprueban los correspondientes adhesivos. Así, se crean 4 categorías de vehículos, quedando, el resto de vehículos, fuera de dichas categorías. Estas categorías son:

Cero emisiones: En esta categoría se incluye a motocicletas, triciclos, cuadriciclos y ciclomotores; turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de ocho plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos de la DGT como eléctricos de batería, vehículos eléctricos de autonomía extendida, híbridos enchufables (con una autonomía mínima de 40 kilómetros) o vehículos de pila de combustible.

Eco: El segundo nivel más amable con el medio ambiente engloba a turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de ocho plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados como híbridos enchufables (autonomía inferior a 40 kilómetros), híbridos no enchufables y vehículos propulsados por gas natural (Gas Natural Comprimido o Gas Natural Licuado) o por gas licuado del petróleo.

C: Este etiquetado incluye turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014, así como a los vehículos de más de ocho plazas y transporte de mercancías, tanto de gasolina como diésel, matriculados a partir de 2014.

B: Aglutina a turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y diésel a partir de enero de 2006. Además, se incluyen vehículos de más de ocho plazas y de transporte de mercancías tanto gasolina como diésel matriculados a partir de 2005.

No es obligatorio llevar los distintivos medioambientales de la DGT visibles. Sin embargo, serán vitales para poder entrar en el centro de las grandes ciudades tras la entrada en vigor de los protocolos anticontaminación. Por ello se recomienda colocarlos en la esquina inferior derecha del parabrisas para no ser multados en los accesos a las grandes ciudades cuando se activen estos dispositivos anticontaminación.

En un pricipio, y para hacer campaña, la DGT envio a un gran numero de conductores el distintivo medioambiental de manera gratuita. Esta "campaña" ya finalizo ya ahora todos aquellos que adquieran el distintivo tendran que abonar un pago de 5 €uros (IVA incluido) El distintivo se puede adquirir en oficinas de correos, DGT y talleres autorizados.

Puede ocurrir que tu coche, por su elevada antigüedad (vehículos sin etiqueta son los de gasolina anteriores al año 2000 y los diésel anteriores a 2006) y por tanto catalogado como altamente contaminante, no tenga derecho a etiqueta, lo que significara que tu vehículo está incluido de manera negativa en todos los protocolos anticontaminación que dicten las administraciones de las grandes ciudades.

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